¿Vinculan a los terceros adquirientes los estatutos que no se encuentran inscritos en el Registro de la Propiedad?
El Registro de la Propiedad tiene como objeto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles –art. 1 Ley Hipotecaria–. Su finalidad es llevar a cabo una relación de los titulares de los bienes inmuebles, así como de las fincas registrales existentes y su situación dentro del ámbito inmobiliario.
Por Patricia Briones, abogada y secretaria técnica de CAF Madrid
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